Reforma Pensional: ¿En qué consiste, cuáles son los 4 pilares y qué pasa con la renta básica?

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Dinero de subsidios en Colombia.

El pasado 30 de mayo el Gobierno y los ponentes de la reforma pensional radicaron la ponencia del proyecto y este 14 de junio fue aprobada en primer debate ante el Congreso.

¿En qué consiste el proyecto de la Reforma Pensional que se debate?

La reforma pensional del Gobierno Petro se resume en solidario, semicontributivo, contributivo y ahorro voluntario. Este es el eje de la ponencia original con varios ajustes que se aprobaron en el primer debate.

La idea con esta modificación es que tanto Colpensiones como las diferentes Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) se complementen.

¿Cuáles son los pilares de la Reforma Pensional? Le explicamos cada uno

Ajustes en el pilar solidario

Se mantendrá el monto de la renta básica solidaria a partir de la línea de pobreza iniciando en $223.000 y se ampliaría cada año con base a la inflación.

Este beneficio va dirigido para todos los hombres de 65 años y las mujeres de 60 años que se encuentran en condición de pobreza o vulnerabilidad.

Pilar contributivo

Esto aplica para todas las personas que están afiliadas al sistema de pensiones.

Todas las contribuciones por debajo de tres salarios mínimos se cotizarían en Colpensiones, mientras que los recursos por encima de ese valor se destinarían a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) o fondos privados.

Y la cotización para el pilar contributivo se mantendrá en un 16 % del Ingreso Base de Cotización.

Pilar semicontributivo

Aquí se busca cubrir a las personas que a los 65 años de edad no hayan cumplido los requisitos para acceder a una pensión contributiva, siempre y cuando ya hayan cotizado.

El apoyo consistiría en una renta que se determinaría con base en la suma de valores como lo que han cotizado, siempre y cuando tengan como mínimo 300 semanas.

Puntos clave de la Reforma Pensional para entenderla

‘Portafolio’ explica un punto importante respecto a las mesadas: “El proyecto de ley señala que los pensionados que devenguen una mesada superior a 10 salarios mínimos y hasta 20 contribuirán para el Fondo de Solidaridad Pensional para la Subcuenta de Subsistencia en un 1 %, y los que devenguen más de 20 salarios mínimos en un 2 % para la misma cuenta”.