Millonarios recibe sanción por parte del Distrito por el uso de pólvora en la final ante Nacional

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Hinchas de Millonarios durante la final contra Nacional | VizzorImage

Millonarios recibió una nueva sanción por parte la Comisión Distrital de Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol de Bogotá tras el uso de pólvora por parte de sus aficionados en el partido de vuelta de la final contra Atlético Nacional en el estadio Nemesio Camacho El Campín.

De acuerdo a lo publicado por la entidad, las diferentes barras del equipo Albiazul, tanto Blue Rain y Comandos Azules, así como las barras tradicionales de oriental y occidental, excepto el sector de oriental sur, tendrán prohibido el “ingreso de trapos y/o banderas durante 3 fechas, en las cuales deberán colocar pancarta de 20 x 1 metro con mensaje alusivo al no ingreso y no uso de la pólvora”.

Esto significa que las barras no podrán ingresar este tipo de elementos al Coloso de la 57 durante los partidos contra el Deportivo Pereira, Deportes Tolima y Once Caldas, partidos válidos por las fechas 2, 4 y 6, respectivamente, por lo que los hinchas podrán volver a pintar las gradas de este escenario para el partido de la fecha 8 contra Atlético Nacional.

Asimismo, desde el Distrito hicieron énfasis en que esta sanción incluye un trabajo de pedagogía en el que “deberán plasmar en redes sociales campañas con mensajes relacionados con la invitación a no usar pólvora dentro del estadio, de esta acción deberán enviar informe con los 3 pantallazos respectivos a la CDSCCFB”.

Cabe resaltar que Millonarios ya había recibido una sanción por parte de la Dimayor por este mismo asunto, por lo que la hinchada deberá tener esto presente para los partidos mencionados.

“El Comité decidió sancionar con amonestación al Club Millonarios por cuanto la conducta evidenciada cumplía los requisitos jurídicos y fácticos para ser entendida como una conducta impropia de espectadores, pero no trajo consecuencias graves para las personas, la competencia o las cosas, por lo que optó por la sanción más leve prevista en el-numeral 5 del artículo 84 del CDU de la FCF”, señaló la Dimayor en la Resolución No. 048 de 2023.

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